El CCT 76/75 es el Convenio Colectivo de Trabajo de la industria de la construcción. Es la norma marco que regula las relaciones laborales de todos los trabajadores y empleadores del sector en Argentina — sin importar la provincia, el tamaño de la obra ni la especialidad. Para las empresas de excavación y demolición, este convenio es el documento legal más importante después de la Constitución laboral básica. Entenderlo no es opcional: es la diferencia entre operar en regla y exponerse a conflictos, multas y paralizaciones de obra.
¿Qué es el CCT 76/75 y quién está alcanzado?
El Convenio Colectivo de Trabajo 76/75 fue homologado en 1975 por el Ministerio de Trabajo de la Nación y ha sido actualizado y renegociado periódicamente desde entonces. Es el convenio sectorial de la industria de la construcción, negociado entre la UOCRA (sindicato de trabajadores) y la CAMARCO (cámara de empleadores).
Están alcanzados por este convenio:
- Todos los trabajadores que realizan tareas de construcción, incluyendo excavación, demolición, movimiento de suelos, montaje y trabajos conexos
- Todos los empleadores cuya actividad principal sea la construcción — incluyendo empresas de demolición y excavación
El CCT 76/75 se aplica en todo el territorio nacional. Las diferencias regionales (Zona A, Zona B, adicional patagónico) son parte del mismo convenio, no convenios separados. Las seccionales locales de la UOCRA pueden negociar acuerdos complementarios que se suman al CCT sin reemplazarlo.
Estructura del CCT 76/75: categorías y escala salarial
El CCT define un sistema de categorías ocupacionales que determina el salario de cada trabajador según su nivel de calificación:
Peón: realiza tareas generales de obra — carga y descarga, limpieza, asistencia. No requiere formación específica en un oficio.
Medio Oficial: trabaja bajo la dirección de un oficial en tareas específicas. Está en proceso de formación en el oficio.
Oficial: domina un oficio específico de la construcción. Para demolición y excavación, esta categoría incluye operadores de maquinaria (retroexcavadora, bulldozer, compactadora), demoledores especializados, operadores de equipos de corte.
Oficial Especializado: nivel más alto dentro del oficio. Dominio de tecnología o técnicas de mayor complejidad — operadores de equipos especiales, técnicos en demolición controlada.
Capataz: conduce una cuadrilla de trabajadores. Tiene responsabilidad sobre la organización del trabajo y puede firmar partes de obra. El CCT distingue entre Capataz y Sub-capataz según el número de trabajadores a cargo.
La escala salarial de cada categoría varía según la zona geográfica (A, B, Patagonia) y se actualiza por acuerdos paritarios que se negocian periódicamente entre UOCRA y CAMARCO. Para los montos vigentes, consultá la escala en caede.com.ar/herramientas/
Derechos y obligaciones: lo que el CCT establece
Para el trabajador, el CCT 76/75 garantiza:
- Salario básico según categoría y zona, actualizado por paritaria
- Adicional por presentismo: porcentaje extra por asistencia perfecta durante el mes
- Antigüedad: porcentaje acumulativo por años de servicio en la misma empresa
- Horas extra: 50% de recargo en días hábiles, 100% en sábados después de las 13hs, domingos y feriados
- Viáticos y movilidad: cuando la obra está alejada de la sede de la empresa
- Fondo de desempleo: el empleador deposita mensualmente un porcentaje del salario en una cuenta individual del trabajador, que se usa cuando finaliza la relación laboral
- Obra social: cobertura médica a través del sistema de salud del sector
Para el empleador, el CCT establece obligaciones concretas:
- Registro en el IERIC de todos los trabajadores al inicio de la relación laboral
- Pago mensual del fondo de desempleo antes del quinto día hábil del mes siguiente
- Categorización correcta de cada trabajador según sus tareas reales
- Jornada de trabajo: 8 horas diarias, 44 horas semanales, con posibilidad de extensión pagando las horas extra correspondientes
- Condiciones de seguridad: elementos de protección personal, señalización de obra, capacitación en seguridad
- Liquidación completa de todos los adicionales que correspondan
El fondo de desempleo: el componente más específico del CCT
El fondo de desempleo es el componente más particular del CCT 76/75 y el que más diferencia a la industria de la construcción de otros sectores. Fue creado para compensar la naturaleza discontinua de la relación laboral en la construcción — los trabajadores se contratan por obra y se desvinculan cuando termina el proyecto.
Funciona así:
- El empleador deposita mensualmente un porcentaje del salario del trabajador en una cuenta bancaria individual (en general el Banco Nación o banco habilitado)
- El trabajador acumula ese fondo durante toda la relación laboral
- Al finalizar la obra o la relación laboral, el trabajador dispone del fondo acumulado
- El fondo reemplaza a la indemnización del sistema general de la LCT para los casos de despido sin causa en la industria de la construcción
El porcentaje exacto de aporte se establece en el CCT y se actualiza por paritaria. Para el monto vigente, consultá en caede.com.ar/herramientas/
No depositar el fondo de desempleo en tiempo y forma es una de las infracciones más frecuentes y genera reclamos con intereses que pueden ser muy significativos.