El aguinaldo (Sueldo Anual Complementario o SAC) en la industria de la construcción sigue la misma lógica general de la LCT, pero con particularidades propias del sector. La rotación de personal, las obras de duración variable y los adicionales propios del convenio hacen que el cálculo no sea tan automático como en otros sectores. Esta guía te explica cómo calcularlo correctamente y cuándo pagarlo.
Aguinaldo UOCRA: conceptos para revisar
| Concepto | Entra en el control | Observacion |
|---|---|---|
| Basico del periodo | Si | Usar mejor remuneracion del semestre cuando corresponda |
| Horas extras | Revisar | Depende de liquidacion del semestre |
| Adicionales remunerativos | Revisar | No omitir zona, antiguedad u otros si aplican |
| No remunerativos | Verificar acuerdo | No asumir sin revisar fuente vigente |
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| Necesidad | Pagina | Siguiente paso |
|---|---|---|
| Escala vigente | Escala salarial UOCRA 2026 | Confirmar mes, categoria y zona antes de liquidar. |
| Liquidacion | Como liquidar sueldo UOCRA | Ordenar basico, adicionales, descuentos y conceptos no remunerativos. |
| Recibo | Recibo sueldo UOCRA modelo | Verificar que el recibo sea entendible y defendible. |
| Valor hora | Valor hora UOCRA hoy | Pasar la escala a una referencia operativa. |
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Estas revisando escalas o liquidaciones todos los meses?
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¿Qué es el SAC y cuándo se paga en construcción?
El SAC es el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto en cada semestre. Se paga en dos cuotas, con los vencimientos que fija el art. 122 de la LCT (texto según Ley 27.073):
- Primera cuota: vence el 30 de junio (corresponde al semestre enero-junio)
- Segunda cuota: vence el 18 de diciembre (corresponde al semestre julio-diciembre). En 2026 el 18 de diciembre cae viernes.
En la construcción, donde los contratos por obra determinada son comunes, el SAC también se paga proporcionalmente al final de cada relación laboral si el trabajador no llega a completar el semestre. Esto es crítico: si despedís a un trabajador en marzo, le debés el SAC proporcional por enero, febrero y marzo.
No esperar al 30 de junio para pagarlo. Al momento de la liquidación final, el SAC proporcional va incluido.
Qué dice la Ley 22.250: el régimen de la construcción (Ley 22.250) no regula el SAC. Su art. 35 manda aplicar la Ley de Contrato de Trabajo en todo lo que sea compatible, por eso el SAC de los obreros UOCRA se rige por el art. 122 de la LCT. No lo confundas con el Fondo de Cese Laboral (arts. 15 a 17 de la Ley 22.250), que es un aporte aparte del empleador y no reemplaza ni incluye el aguinaldo.
Segunda cuota y salario de diciembre: para pagar el 18 de diciembre el empleador debe estimar el salario de diciembre. Si después el salario realmente devengado es distinto, la diferencia se integra al salario del mes de diciembre (Ley 27.073, art. 1).
La fórmula paso a paso
El SAC de cada semestre se calcula así:
Paso 1: Identificá el mayor salario bruto del semestre
Revisá los recibos de los meses del semestre (por ejemplo, julio a diciembre). El SAC se calcula sobre el mayor salario bruto devengado en ese período, no sobre el promedio.
¿Qué incluye ese salario bruto?
- Básico de convenio: como el básico del Anexo I es por hora, en el mes cuenta valor hora × horas trabajadas (por ejemplo, 6.585 × 176 horas = 1.158.960 para un oficial de Zona A en octubre de 2026 con 176 horas)
- Presentismo
- Antigüedad
- Horas extras habituales (si fueron recurrentes en el mes de mayor salario)
- Otros adicionales remunerativos
¿Qué NO incluye?
- Reintegros de gastos y viáticos que no son remuneración
La ley habla de la mayor remuneración devengada "por todo concepto". Con las sumas no remunerativas de los acuerdos salariales no asumas nada: revisá lo que dice el texto de cada acuerdo y consultá antes de excluirlas.
Paso 2: Dividí por 2
SAC = Mayor salario bruto del semestre ÷ 2
Paso 3: Si el trabajador no trabajó el semestre completo, calculá proporcional
Corrección 22/10/2026: una versión de esta página publicada el 22/10/2026 presentó el SAC proporcional como la doceava parte de lo devengado en la fracción trabajada. Esa regla quedó desplazada: desde la Ley 23.041 (1984) el SAC se calcula sobre el 50% de la mayor remuneración mensual del semestre, y el proporcional se calcula sobre esa misma base según el tiempo trabajado (Decreto 1078/84, arts. 1 y 2). Corregido en esta versión.
Si la relación termina antes de cerrar el semestre, el SAC proporcional se calcula sobre la misma base que el SAC completo (el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto en el semestre), en proporción al tiempo trabajado: Ley 23.041 y Decreto 1078/84, arts. 1 y 2. Ojo: el texto del art. 123 de la LCT todavía habla de la doceava parte de lo devengado en la fracción trabajada, pero la Ley 23.041 y el Decreto 1078/84 (arts. 1 y 2) fijan la proporcionalidad sobre el 50% de la mayor remuneración mensual, y es la regla que usamos para liquidar.
SAC proporcional = (Mayor remuneración mensual del semestre ÷ 2) × (Días trabajados en el semestre ÷ Días del semestre)
Ejemplo con la mayor remuneración mensual de $1.000.000 y baja el 30 de septiembre (semestre julio-diciembre, 184 días; trabajados 92): (1.000.000 ÷ 2) × (92 ÷ 184) = $250.000. Los días se cuentan corridos, no hábiles; el decreto exige proporcionalidad al tiempo trabajado y no fija el conteo de días, así que usá el mismo criterio en todas las liquidaciones y consultá a tu contador si hay duda.
Ejemplo con la escala vigente: oficial, Zona A, SAC del 18 de diciembre de 2026. Según el Anexo I del acuerdo UOCRA-CAMARCO-FAECC del 21/09/2026 (CCT 76/75, PDF oficial de UOCRA, leído el 23/10/2026), el básico del oficial en Zona A es $6.585 por hora en octubre y $6.697 en noviembre de 2026. El acuerdo rige hasta el 30/11/2026 y no hay escala publicada para diciembre. Por eso el ejemplo toma noviembre, el mayor mes con valor oficial, y suma solo el básico: con presentismo, antigüedad o extras la base sería mayor. Se asumen 176 horas en el mes.
- Mayor remuneración mensual del semestre: 6.697 × 176 = $1.178.672
- SAC completo (semestre trabajado entero): 1.178.672 ÷ 2 = $589.336, con vencimiento el 18 de diciembre (art. 122 de la LCT, leído el 23/10/2026)
- Ingreso a mitad de semestre: un oficial que entra el 1 de octubre trabaja 92 de los 184 días del semestre (julio-diciembre, días corridos). SAC proporcional = (1.178.672 ÷ 2) × (92 ÷ 184) = $294.668
Si en diciembre el salario real resulta mayor al estimado, la diferencia se integra al salario de diciembre (Ley 27.073, art. 1).
Particularidades del SAC en construcción
La industria de la construcción tiene algunas características que afectan el cálculo del SAC:
Contratos por obra determinada: Es muy frecuente que una obra termine antes de junio o diciembre. En ese caso, el SAC se liquida proporcionalmente en el recibo final. El empleador no puede esperar hasta el vencimiento del semestre para pagarlo.
Variación de salario por horas extras: En construcción es común que algunos meses haya más horas extras que otros. El SAC se calcula sobre el mes de mayor bruto, así que si enero tuvo muchas extras, ese puede ser el mes de referencia.
Adicionales variables: Si el trabajador cobró adicionales variables (por zona, por condiciones especiales de obra) en algún mes, esos montos se incluyen en el bruto de ese mes y pueden hacer que ese sea el mes de mayor salario.
Recategorización durante el semestre: Si el trabajador fue recategorizado en el semestre (por ejemplo, pasó de Medio Oficial a Oficial en abril), el mes con la nueva categoría tendrá mayor básico y probablemente sea el de referencia para el SAC.
SAC y retención de ganancias
El SAC no tiene un mecanismo propio de "mínimo no imponible": integra la remuneración y, si el empleado es sujeto de retención del Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría, el agente de retención lo computa según el Anexo II, Apartado C, de la RG 4003 (texto actualizado): suma una doceava parte de lo devengado cada mes, y puede optar entre ajustar en los meses en que paga las cuotas del SAC o hacerlo en la liquidación anual o final. Los importes de deducciones y escala se actualizan por ARCA; esta página no los reproduce. Para un caso concreto, verificá la situación con ARCA o con tu contador.
Fuentes y vigencia
- CAMARCO - Acuerdos salariales
- UOCRA - Escalas salariales
- Ley 20.744 (LCT), arts. 121 a 123 (texto actualizado)
- Ley 23.041 (SAC)
- Decreto 1078/84 (reglamenta la Ley 23.041)
- Ley 22.250, art. 35 (texto actualizado)
- Ley 27.073 (art. 122 LCT)
- RG 4003 (retención de Ganancias de cuarta categoría), Anexo II, Apartado C (texto actualizado)
- UOCRA - Acuerdo salarial 21/09/2026 (CCT 76/75 y 577/10), Anexo I
Última verificación: 23/10/2026
Contrastado el 23/10/2026 con los textos oficiales listados. Qué se leyó:
- LCT arts. 122 y 123 (texto actualizado): vencimientos 30 de junio y 18 de diciembre, base del 50% de la mayor remuneración mensual por todo concepto, estimación de diciembre y diferencia (Ley 27.073); art. 123 leído tal cual.
- Decreto 1078/84, arts. 1 a 3: proporcionalidad al tiempo trabajado sobre el 50% de la mayor remuneración mensual.
- Ley 22.250: art. 35 (la LCT se aplica en lo compatible) y arts. 15 a 17 (Fondo de Cese Laboral); el texto no regula el SAC.
- RG 4003 (texto actualizado), Anexo II, Apartado C: cómputo del SAC en la retención de Ganancias (doceavas y las dos alternativas). No se citan importes de deducciones ni escala.
- Ejemplos numéricos de la página recalculados: 6.585 × 176 = 1.158.960; (1.000.000 ÷ 2) × (92 ÷ 184) = 250.000; el 18 de diciembre de 2026 es viernes.
- Escala: Anexo I del acuerdo UOCRA del 21/09/2026 (PDF oficial de UOCRA, leído el 23/10/2026): oficial Zona A $6.585 (octubre) y $6.697 (noviembre); vigencia del acuerdo hasta el 30/11/2026; diciembre sin escala publicada. CAMARCO lista además un acuerdo de octubre para otro convenio (CCT 545/08), que no se usa acá.
- Art. 122 de la LCT releído el 23/10/2026: vencimiento de la segunda cuota el 18 de diciembre.
- Ejemplos recalculados el 23/10/2026: 6.697 × 176 = 1.178.672; 1.178.672 ÷ 2 = 589.336; (1.178.672 ÷ 2) × (92 ÷ 184) = 294.668.