ProCreAr fue el programa nacional de créditos y desarrollos urbanísticos para la vivienda familiar creado en 2012. El Decreto 1018/2024 (Boletín Oficial del 13/11/2024) disolvió el fondo fiduciario que lo sostenía y la Resolución 764/2025 del Ministerio de Economía (Boletín Oficial del 09/06/2025) fijó cómo se continúa la gestión de los créditos ya otorgados. Esta página resume solo lo que dicen esas dos normas y marca lo que no se pudo confirmar con fuente oficial al 21/10/2026.
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Qué dispuso el Decreto 1018/2024
El decreto, sancionado el 12/11/2024 y publicado en el Boletín Oficial el 13/11/2024, disolvió el Fondo Fiduciario Público ProCreAr creado por el Decreto 902/2012 (artículo 1). El Ministerio de Economía queda a cargo de la liquidación (artículo 2).
El artículo 3 manda firmar con el Banco Hipotecario un contrato para continuar la gestión de los créditos ya otorgados, con las mismas condiciones de retribución del contrato de fideicomiso del 18/07/2012. El artículo 4 pone en manos del Ministerio la administración de los bienes muebles e inmuebles y la regularización dominial, y el artículo 5 lo habilita a transferir inmuebles o unidades a provincias, municipios, la Ciudad de Buenos Aires, institutos de vivienda y otros organismos del Estado nacional. El artículo 6 prevé que los inmuebles de titularidad fiduciaria del Banco Hipotecario no afectados a obras con contratos de locación de obra vigentes pasen a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE).
Qué agregó la Resolución 764/2025
La resolución, del 06/06/2025 y publicada en el Boletín Oficial el 09/06/2025, encomienda a la Secretaría de Obras Públicas del Ministerio de Economía las medidas para cumplir los artículos 4, 5 y 6 del decreto, y aprueba el modelo de contrato de mandato para la gestión de créditos individuales con el Banco Hipotecario (artículos 1 a 4).
El artículo 5 dispone que el Banco Hipotecario transfiera a la cuenta "Recaudación TGN" las sumas líquidas de la cobranza, previa deducción de su retribución y de los gastos, y habilita a instruirlo para vender carteras de créditos cuyo rendimiento de cobranza sea inferior al 40% del total a percibir en el período.
Qué significa para quien ya tiene un crédito o una obra
Las normas citadas no extinguen los créditos ya otorgados: el decreto prevé que su gestión continúe en el Banco Hipotecario. Las consultas sobre cuotas y contratos individuales se hacen en esa entidad. Las normas no detallan cada obra en curso: el artículo 6 del decreto solo exceptúa de la transferencia a la AABE a los inmuebles afectados a obras con contratos de locación de obra vigentes.
Para una empresa constructora, lo verificable es que los inmuebles y unidades del fondo pueden pasar a provincias, municipios u otros organismos (decreto, artículo 5) o a la AABE (artículo 6). Cualquier contratación posterior depende de cada organismo y no surge de estas normas. La Resolución 764/2025 aclara en su artículo 6 que pasan a la AABE los inmuebles que no hayan estado afectados a un contrato de locación de obra con ejecución total o parcial mientras estuvo vigente el Decreto 902/2012.
¿Hay una convocatoria ProCreAr en 2026?
No encontramos una norma ni un anuncio oficial de nueva convocatoria entre las fuentes revisadas al 21/10/2026, y el sitio oficial del programa no estuvo accesible durante esa revisión. Algunos sitios no oficiales difunden inscripciones para octubre de 2026; ninguno cita una norma. Antes de actuar, confirmá en Argentina.gob.ar o en el Banco Hipotecario.
Si lo que buscás es el costo de construir o los sueldos de la obra, mirá la escala salarial UOCRA de noviembre 2026 y el cálculo del aguinaldo UOCRA, que usa el mismo convenio.
Última verificación: 27/10/2026
Releímos hoy el texto oficial de las dos normas. Cada dato de esta página se confirmó así:
- Disolución del Fondo Fiduciario Público ProCreAr (creado por el Decreto 902/2012) y liquidación a cargo del Ministerio de Economía: Decreto 1018/2024, artículos 1 y 2. Sancionado el 12/11/2024 y publicado en el Boletín Oficial el 13/11/2024. Texto en Argentina.gob.ar, leído el 27/10/2026.
- Contrato con el Banco Hipotecario para continuar la gestión de los créditos (artículo 3), transferencia de inmuebles a provincias, municipios y otros organismos (artículo 5) y pase a la AABE de los no afectados a obras con contratos de locación de obra vigentes (artículo 6): mismo decreto, leído el 27/10/2026.
- Resolución 764/2025, firmada el 06/06/2025 y publicada el 09/06/2025: encomienda a la Secretaría de Obras Públicas las medidas de los artículos 4, 5 y 6 del decreto, aprueba el modelo de contrato de mandato (artículo 3) y fija la transferencia de cobranzas a la cuenta Recaudación TGN y la posible venta de carteras con rendimiento de cobranza inferior al 40% (artículo 5). Texto en Argentina.gob.ar, leído el 27/10/2026.
- Alcance del pase a la AABE: Resolución 764/2025, artículo 6, que limita el pase a los inmuebles no afectados a un contrato de locación de obra con ejecución total o parcial durante la vigencia del Decreto 902/2012. Leído el 27/10/2026.
Sobre una nueva convocatoria: no hay norma oficial que la disponga en lo que revisamos; la ausencia se verificó el 21/10/2026 y no se repitió hoy: el sitio oficial del programa siguió sin acceso (respondió 403) y no se pudo consultar el Boletín Oficial por búsqueda. Si vas a construir con un crédito, calculá antes cuánto cuesta construir y mirá la escala UOCRA vigente para presupuestar la mano de obra.
Fuentes y vigencia
- Decreto 1018/2024, Boletín Oficial 13/11/2024 (Argentina.gob.ar)Texto original. Consultado el 27/10/2026.
- Resolución 764/2025 del Ministerio de Economía, Boletín Oficial 09/06/2025 (Argentina.gob.ar)Texto original. Consultado el 27/10/2026.