El seguro de responsabilidad civil en construcción protege a la empresa y al propietario ante daños a terceros causados por las operaciones de obra: caída de materiales, accidentes en vía pública, daños a linderos o a redes de servicios. En CABA y en varios municipios de Provincia de Buenos Aires, este seguro es de contratación obligatoria como requisito previo al otorgamiento del permiso de obra. Sin él, no hay permiso. Sin permiso, no hay obra.
¿Cuándo es obligatorio el seguro de RC?
La obligatoriedad del Seguro de Responsabilidad Civil (RC) en construcción surge de múltiples fuentes normativas. El Código de Edificación de CABA lo exige como requisito documental para la aprobación del permiso de demolición o excavación. La Ley 17.418 (Ley de Seguros) regula el contrato en sí. El Decreto 911/96 también menciona la exigencia de cobertura adecuada para obras de construcción. En la práctica, la DGROC no aprueba ningún permiso de obra sin la póliza de RC vigente a nombre del propietario o la empresa ejecutora. En Provincia de Buenos Aires, la exigencia varía por municipio, pero la mayoría de los grandes partidos (La Plata, Quilmes, Mar del Plata) la requieren.
Qué cubre y qué no cubre el seguro de RC
El seguro de Responsabilidad Civil por Obras de Construcción cubre: daños materiales y/o corporales causados a terceros (vecinos, peatones, vehículos) como consecuencia directa de las operaciones de obra, daños a linderos por vibración, excavación o derrumbe, y daños en vía pública (rotura de veredas, cañerías, etc.). No cubre: accidentes de los propios trabajadores (eso es responsabilidad de la ART), daños causados deliberadamente, daños por incumplimiento contractual entre las partes del contrato de obra, ni daños preexistentes al inicio de la póliza. La suma asegurada mínima recomendada para obras medianas (demolición de PH o edificio de 3-5 pisos) es de USD 200.000 a USD 500.000, aunque la DGROC puede exigir sumas mayores según la envergadura.
Cómo contratar el seguro y qué datos necesitás
El seguro de RC para construcción se contrata con cualquier aseguradora habilitada por la SSN (Superintendencia de Seguros de la Nación). Para cotizarlo y emitirlo, la aseguradora solicitará: dirección exacta de la obra, tipo de actividad (demolición, excavación, construcción nueva), duración estimada de la obra, suma asegurada requerida por el municipio, y datos del tomador del seguro (propietario o empresa contratista). La póliza debe estar a nombre del responsable legal de la obra. El plazo de emisión es generalmente de 24 a 48 horas hábiles. El costo varía según la envergadura de la obra, el nivel de riesgo de la actividad y la suma asegurada: puede ir de $50.000 a $500.000 ARS mensuales para obras medianas en 2026.
Vigencia, renovación y comunicación de siniestros
La póliza debe mantenerse vigente durante toda la ejecución de la obra, incluyendo las etapas de demolición, excavación y construcción. Si la obra se extiende más allá del plazo original, la póliza debe renovarse antes del vencimiento. En caso de siniestro, la empresa debe notificar a la aseguradora dentro de las 72 horas del hecho, presentar documentación del daño y cooperar con la investigación. Si la póliza está vencida al momento del siniestro, la cobertura no aplica y la empresa responde con su patrimonio. Algunos permisos municipales exigen que la póliza sea presentada con endoso que incluya al municipio como beneficiario parcial.