Santa Fe Capital tiene un régimen propio de permisos de obra regido por el Código Urbano Municipal (Ordenanza N.º 12.668 y sus modificatorias) y las disposiciones de la Secretaría de Planeamiento Urbano. Para realizar una demolición, la empresa debe tramitar el permiso ante la Dirección de Obras Particulares de la Municipalidad de Santa Fe, presentar la documentación técnica requerida y contar con profesional responsable matriculado en el Colegio de Profesionales de la Ingeniería Civil de Santa Fe (CPIC) o en el Colegio de Arquitectos de la Provincia de Santa Fe (CAPSF). Trabajar sin permiso habilita la paralización de obra y multas progresivas.
Normativa municipal y provincial vigente
El Código Urbano de Santa Fe (Ord. N.º 12.668) establece en su Título VII los requisitos para demoliciones, incluyendo la obligación de presentar planos de estado actual y de demolición visados por profesional habilitado. La Ordenanza N.º 9.935 regula el manejo de residuos de obra y establece las zonas de disposición transitoria de escombros.
A nivel provincial, la Ley N.º 11.717 de Medio Ambiente y la Resolución MAyMA N.º 201/2020 establecen los requisitos de gestión de RCD para obras de demolición que superen los 100 m³ de material. Las empresas generadoras deben inscribirse como Generadores de Residuos de Construcción en el Registro Provincial.
El Decreto Provincial N.º 1.844/2002 reglamenta la habilitación de transportistas de residuos de construcción que operan en la provincia. Su vigencia debe acreditarse ante la Municipalidad al momento del inicio de trabajos.
Documentación para el trámite en Santa Fe Capital
El expediente de demolición se inicia en la Dirección de Obras Particulares, calle Gral. López al 2600. La documentación básica comprende:
- Formulario de solicitud de demolición con datos del titular y del profesional responsable.
- Plano de demolición (escala 1:100 mínimo) visado por el Colegio profesional correspondiente (CPIC o CAPSF).
- Certificado de libre deuda municipal actualizado.
- Plan de Higiene y Seguridad de la obra, aprobado por la ART, conforme al Decreto N.º 911/96.
- Póliza de responsabilidad civil vigente de la empresa ejecutora.
- Contrato de locación con empresa habilitada en el Registro Municipal de Empresas de Demolición.
- Plano de apuntalamiento si la estructura comparte medianera con lindero habitado.
Para edificios construidos antes de 1980, la Dirección puede exigir un estudio de presencia de materiales peligrosos (asbesto, plomo en pinturas) conforme a la Resolución SRT N.º 735/2012.
Zonas especiales y restricciones en Santa Fe Capital
Santa Fe Capital presenta zonas con restricciones adicionales para la demolición:
- Área Central Histórica: los edificios catalogados en el Plan Urbano Santa Fe (Ord. N.º 11.772) requieren intervención de la Secretaría de Cultura Municipal y del Ministerio de Innovación y Cultura de la Provincia antes de cualquier demolición.
- Zona de Alto Riesgo Hídrico: dada la historia de inundaciones, la Municipalidad puede exigir un Estudio Hidrológico de Impacto para demoliciones en zonas bajas cercanas al río Salado o el Paraná.
- Proximidad a infraestructura de servicios: obras a menos de 5 metros de redes de agua, cloacas o gas requieren coordinación previa con Aguas Santafesinas S.A. (ASSA) y Litoral Gas.
El incumplimiento de estas restricciones puede derivar en la suspensión cautelar de la obra por disposición del Juzgado de Faltas Municipal.
Coordinación con organismos de control
Durante la ejecución, la Municipalidad puede realizar inspecciones de oficio. El Director de Obra debe mantener en el predio el Libro de Obra con las actas de inspección actualizadas, el legajo técnico completo y los permisos originales.
Al finalizar la demolición se tramita la Baja de Edificio ante la Dirección General de Rentas para actualizar el padrón catastral y dejar de tributar por la construcción demolida. Este trámite es independiente del permiso de demolición pero habitualmente se gestiona en paralelo.