Normativas

Normativa Izaje Cargas

C

El izaje de cargas en obra es una de las operaciones con mayor incidencia de accidentes graves en la construcción. Grúas, plumas, aparejos, montacargas y equipos de elevación en general están sujetos a normativa específica que establece condiciones de habilitación, mantenimiento y operación. En Argentina, el Decreto 911/96 (Capítulo 18) y las resoluciones de la SRT regulan el uso de equipos de izaje, mientras que normas IRAM y estándares internacionales complementan los requisitos técnicos. Toda empresa que realice operaciones de elevación de materiales o equipos debe conocer estas exigencias. Verificá con la autoridad correspondiente.

Normativa aplicable y habilitación de equipos de izaje

El Decreto 911/96, Capítulo 18, establece los requisitos generales para la operación de equipos de izaje en obras de construcción, incluyendo grúas torre, grúas móviles, montacargas de obra y aparatos elevadores en general. Cada equipo debe contar con habilitación municipal o jurisdiccional antes de su puesta en servicio, que incluye la verificación de su estado técnico por parte de un organismo autorizado. La Resolución SRT 319/99 establece la obligatoriedad de llevar un Registro de Mantenimiento de cada equipo, con firma de profesional habilitado. Las normas IRAM 11595 (grúas torre) e IRAM 11594 (grúas móviles) definen los criterios técnicos para la verificación de componentes estructurales, sistemas de freno, limitadores de carga y dispositivos de seguridad. Antes de cada turno de trabajo, el operador debe realizar una revisión visual y funcional del equipo y dejar constancia escrita si detecta alguna anomalía.

Requisitos para el operador y señalero de izaje

El operador de grúa debe poseer licencia habilitante vigente expedida por la SRT o el organismo provincial correspondiente, la que acredita su capacitación y aptitud técnica para manejar el equipo específico. La habilitación tiene vigencia limitada y requiere renovación periódica con examen médico y evaluación práctica. El señalero o eslinguero —la persona que guía las cargas desde el suelo— debe estar capacitado específicamente en el uso del lenguaje de señales normalizado por norma IRAM 11532 y en técnicas de eslingado. Ninguna operación de izaje puede realizarse sin la presencia del señalero cuando el operador no tiene visión directa de la carga. La comunicación entre operador y señalero debe establecerse por radio o señales codificadas antes de iniciar el izaje. Está prohibido que personal no autorizado permanezca bajo la trayectoria de la carga durante su desplazamiento.

Cálculo de cargas, radios de trabajo y zonas de exclusión

Toda operación de izaje debe ir precedida de un cálculo de carga que verifique que el peso a elevar no supera la capacidad nominal del equipo según la tabla de cargas del fabricante para el radio de trabajo utilizado. Esta tabla debe estar disponible en la cabina del operador en todo momento. La zona de exclusión —el área bajo la trayectoria de la carga— debe señalizarse y delimitarse físicamente antes del izaje, prohibiendo el ingreso de personas. Cuando el radio de trabajo del equipo supera los límites del predio de obra y alcanza la vía pública o propiedades vecinas, se requiere coordinación con el municipio para establecer restricciones de tránsito o espacios de exclusión adicionales. En zonas con presencia de líneas eléctricas aéreas, la distancia mínima de seguridad es de 3 metros para instalaciones de baja tensión y 5 metros para media y alta tensión, según el Decreto 911/96.

Mantenimiento preventivo y registros obligatorios

El Registro de Mantenimiento de cada equipo de izaje debe incluir: frecuencia de inspecciones, intervenciones realizadas, repuestos reemplazados y firma del responsable técnico. La ausencia de este registro es causal de multa en inspecciones de la SRT. Los elementos de aparejo —eslingas, grilletes, ganchos, cadenas— deben inspeccionarse antes de cada uso y reemplazarse cuando presenten deformaciones, corrosión, fisuras o desgaste superior al 10% del diámetro nominal. Las eslingas textiles deben descartarse cuando presenten cortes, quemaduras o decoloración por agentes químicos. La empresa debe llevar un inventario de aparejos con fecha de fabricación, capacidad de carga y estado, disponible para inspección. Los equipos que superen su vida útil o presenten defectos estructurales no pueden usarse bajo ninguna circunstancia, aunque el cronograma de obra genere presión para continuar operando.

En resumen

El izaje de cargas sin los controles normativos adecuados es una de las principales causas de accidentes fatales en la construcción argentina. Operadores habilitados, equipos verificados, zonas de exclusión delimitadas y registros actualizados no son opcionales: son requisitos legales que además protegen la integridad de los trabajadores y la responsabilidad de la empresa. CAEDE te acompaña en el cumplimiento de estas exigencias.

Preguntas Frecuentes

Debe contar con licencia habilitante vigente expedida por la SRT o el organismo provincial equivalente, que acredite capacitación y aptitud para el tipo de equipo que opera. La vigencia es limitada y requiere renovación. Verificá con la autoridad correspondiente.

Sí, cuando el operador no tiene visión directa de la carga. El señalero debe estar capacitado en el lenguaje de señales normalizado por la norma IRAM 11532 y contar con comunicación permanente con el operador.

El Decreto 911/96 establece un mínimo de 3 metros para líneas de baja tensión y 5 metros para media y alta tensión. Si el trabajo requiere acercarse más, debe coordinarse el corte o protección de las líneas con la empresa distribuidora.

Deben inspeccionarse visualmente antes de cada uso. Las eslingas con cortes, deformaciones, corrosión o desgaste superior al 10% deben descartarse inmediatamente. El inventario de aparejos debe mantenerse actualizado y disponible para inspección.

Superar la carga nominal es una infracción grave que puede provocar la rotura del equipo, accidentes fatales y responsabilidades civiles y penales para el empleador y el director técnico. Los limitadores de carga no deben desactivarse bajo ninguna circunstancia.

¿Tenés una empresa del sector? Asociate a CAEDE para acceder a herramientas, representación y visibilidad. contacto@caede.com.ar
Contactanos

La información publicada en caede.com.ar tiene carácter orientativo e informativo. Los datos, precios y normativas mencionados pueden haber cambiado desde la fecha de publicación. CAEDE no se responsabiliza por decisiones tomadas en base a este contenido sin verificación profesional independiente. Para consultas específicas, contactá a contacto@caede.com.ar.