La construcción es un sector con riesgos de accidentabilidad laboral elevados. Los accidentes mortales en obras son prevenibles en su mayoría: tienen causas identificadas, patrones recurrentes y protocolos de prevención probados. Su reducción no es solo una obligación legal —es una responsabilidad empresarial y gremial ineludible.
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Magnitud del problema: datos de siniestralidad en Argentina
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) publica estadísticas anuales de accidentes laborales por sector económico, incluyendo accidentes in itinere, accidentes en jornada y enfermedades profesionales, con apertura por sector CIIU. Sin embargo, estas estadísticas cubren solo el empleo formal registrado: dado que una parte de la actividad del sector es informal, la cifra real de accidentes —incluyendo trabajadores no registrados— es significativamente mayor a la que muestran los datos oficiales. La brecha de cobertura del sistema de ART (Aseguradoras de Riesgos del Trabajo) es el principal limitante estadístico. Verificá valores vigentes en las fuentes oficiales citadas.
Causas más frecuentes de accidentes mortales en obras
Entre las causas más frecuentes de accidentes mortales en construcción se cuentan: caídas desde altura (andamios, bordes de losa, escaleras sin protección); electrocución (contacto con líneas eléctricas, instalaciones provisorias defectuosas); aplastamiento por maquinaria o estructuras (vuelco de grúas, derrumbes de excavaciones, colapso de encofrados); atropellamiento por vehículos de obra (camiones, retroexcavadoras en maniobras dentro del perímetro); explosiones y atmósferas peligrosas en excavaciones y trabajos subterráneos. Las caídas y el aplastamiento por maquinaria son especialmente relevantes para el sector de excavación y demolición. Verificá valores vigentes en las fuentes oficiales citadas.
Marco legal y responsabilidades del empleador
El marco legal de prevención de accidentes en Argentina está definido por: Ley 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y su Decreto Reglamentario 351/79; Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo (ART); Decreto 911/96 (reglamento de higiene y seguridad de la industria de la construcción) y Resoluciones SRT 231/96 y 550/11 (esta última sobre demolición, excavación y submuraciones). El empleador es el responsable primario de la seguridad en obra: debe contar con un Responsable de Higiene y Seguridad (según escala de la obra), proveer Elementos de Protección Personal (EPP) certificados, elaborar un Plan de Seguridad e Higiene antes del inicio de la obra y contratar ART para todos los trabajadores registrados. El incumplimiento genera responsabilidad penal del empleador y sus directivos, además de las consecuencias administrativas y civiles. Verificá valores vigentes en las fuentes oficiales citadas.
Protocolos específicos para excavación y demolición
Los trabajos de excavación y demolición tienen protocolos de seguridad específicos por su mayor riesgo. Para excavaciones: protección de las paredes con tablestacas, entibado u otro medio eficaz cuando exista riesgo de desprendimiento (Decreto 911/96, art. 149) y escaleras de acceso cuando la profundidad excede 1 metro (art. 150); prohibición de personal en la zona de riesgo durante el movimiento de maquinaria; señalización perimetral y barreras de contención; verificación de la existencia de servicios subterráneos (gas, electricidad, agua, fibra óptica) antes de iniciar. Para demolición: programa definido de ejecución con medidas de prevención por etapa, afianzamiento de las partes inestables e interrupción previa de los servicios de energía, agua y gas (art. 138), y zonas de exclusión fijadas por el Responsable de Higiene y Seguridad con acceso reservado al personal de la demolición (arts. 139 y 140). La ART del empleador debe participar en la elaboración del plan de seguridad y realizar visitas periódicas de control en obra. Verificá valores vigentes en las fuentes oficiales citadas.
Fuentes y vigencia
Última verificación: 27/10/2026
Fuentes primarias leídas el 27/10/2026:
- Decreto 911/96, Reglamento de Higiene y Seguridad para la industria de la construcción (argentina.gob.ar, texto original).
- Resolución SRT 550/2011, demolición, excavación y submuraciones (argentina.gob.ar).
- Resolución SRT 231/1996 (argentina.gob.ar).
- Ley 24.557 de Riesgos del Trabajo (argentina.gob.ar).
Qué se corrigió:
- Se quitó el porcentaje de informalidad (más del 60%) y la afirmación de que la construcción está entre los tres sectores con más accidentes graves: no se respaldan con una fuente releída hoy.
- El entibado no se exige a partir de 1,50 m ni lo fija el Decreto 351/79: el Decreto 911/96 pide proteger las paredes cuando hay riesgo de desprendimiento (art. 149) y escaleras desde 1 m de profundidad (art. 150). Se corrigieron el texto y la pregunta frecuente.
- La Resolución SRT 550/11 trata demolición, excavación y submuraciones, no trabajos en altura. Se corrigió y se agregó el Decreto 911/96 como norma base.
- Se quitaron el perímetro de 1,5 veces la altura y los 85 dB, que no figuran en las fuentes leídas, y se ajustó la obligación de ART a los artículos 3 y 27 de la Ley 24.557.