La escala del CCT 76/75 no tiene una fila "operador de grúa": publica Oficial Especializado, Oficial, Medio Oficial, Ayudante y Sereno (Anexo I, Acuerdo UOCRA-CAMARCO-FAEC del 21/09/2026). Cuánto gana un gruista depende de la categoría con la que lo registre la empresa, y esa asignación no surge de ninguna fuente que hayamos podido leer. Acá va lo que sí está verificado.
Estas revisando escalas o liquidaciones todos los meses?
Si llegaste por UOCRA, sueldos, recibos o aguinaldo, probablemente el problema no es leer una nota: es repetir el calculo todos los meses sin equivocarte.
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Qué dice el convenio sobre el operador de grúa
El art. 4 del CCT 76/75 enumera a los obreros a quienes se aplica y, entre ellos, a los "operarios de máquinas: barrenadoras, topadoras, grúas, excavadoras, cargadoras, guinches" y otras usadas en la industria de la construcción (texto homologado del CCT 76/75, copia de CAMARCO). Es una copia escaneada y el reconocimiento de texto tiene errores; ese pasaje se lee con claridad.
El art. 5 define categorías de maquinista por potencia (superior o inferior a 160 HP). En la copia que leímos el listado de máquinas de esa categoría no es legible, así que no afirmamos en cuál cae una grúa torre o una grúa móvil. Para saberlo hay que ver cómo la clasifica la empresa en el recibo o consultar a la UOCRA.
¿Cuánto gana un operador de grúa?
No hay un básico de operador de grúa en la escala oficial. Lo que corresponde es tomar la categoría con la que la empresa lo registra y buscar su valor en la escala salarial UOCRA vigente de CAEDE, que cita su fuente y el período. No sumamos acá montos de la escala: cambian por mes y por zona, y la página de la escala los mantiene al día.
Las cifras de la escala vigente salen del Acuerdo del 21/09/2026 (tramos de octubre y noviembre de 2026). Para el aporte del empleador, el Fondo de Cese Laboral es 12% de la remuneración el primer año y 8% desde el año de antigüedad (Ley 22.250, art. 15).
Adicional por altura: no lo encontramos
Ese concepto no figura en el texto del CCT 76/75 que leímos ni en los Anexos I y II del acuerdo del 21/09/2026. Si una empresa lo paga, es un acuerdo propio o un adicional de otra norma que no verificamos.
Seguridad en grúas: Decreto 911/96
La norma verificada sobre grúas en obra es el Decreto 911/96, Higiene y Seguridad en la Industria de la Construcción. Sus arts. 277 a 281 exigen que las grúas mantengan en servicio los dispositivos y enclavamientos originales y los límites de carrera de izado y traslación (art. 277), que se calcen los estabilizadores sobre bases firmes antes de operar con cargas (art. 278), topes en los carros de las grúas móviles (art. 279) y pasillos y plataformas con baranda en puentes grúa (arts. 280 y 281). Las cabinas de operadores están en los arts. 274 a 276.
Qué no pudimos verificar
- Habilitación o carnet nacional de operador de grúa y su organismo emisor.
- Qué categoría de la escala corresponde a cada tipo de grúa.
- Costo del seguro de riesgos del trabajo para este puesto.
- Si el mercado paga por encima del convenio: sin dato.
Fuentes y vigencia
- UOCRA, Acuerdo con CAMARCO y FAEC del 21/09/2026, Anexos I y II
- CAMARCO, texto homologado del CCT 76/75 (arts. 4 y 5)
- Infoleg, Decreto 911/96 (arts. 274 a 281)
- CAEDE, escala salarial UOCRA vigente (octubre y noviembre de 2026)
Última verificación: 23/10/2026
Contrastado el 23/10/2026 con los textos oficiales listados. Qué se leyó y qué se corrigió:
- CCT 76/75 (copia CAMARCO, escaneada con OCR parcial), arts. 4 y 5; Acuerdo UOCRA-CAMARCO-FAEC del 21/09/2026, Anexo I (categorías Oficial Especializado, Oficial, Medio Oficial, Ayudante, Sereno; sin fila de operador de grúa); Decreto 911/96 arts. 274 a 281 en Infoleg, leídos el 23/10/2026. La escala vigente no se recalculó: se enlaza la del sitio.
- Se corrigió:
El adicional por altura es uno de los más relevantes para el operador de grúa
yel adicional es prácticamente permanente
(no figura en el CCT ni en los Anexos),categoría técnica superior al oficial general
ybásico diferenciado
(la escala no tiene esa fila ni la categoría "oficial general"),cada variante puede tener una escala de básicos diferente
(sin fuente). - Se quitó sin fuente:
Habilitación municipal o provincial
,Libreta o carnet del operador
,VTV para grúas móviles
,ART con prima alta
, cargas patronales como costo del puesto y la escasez del perfil con pago por encima del convenio. Lo que queda sin verificar no se afirma. - Título anterior para la relectura del 06/11: "Sueldo de operador de grúa UOCRA — CAEDE" (sin cambios).