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Plan Seguridad Higiene Obra

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El Plan de Seguridad e Higiene (PSH) es un documento obligatorio para toda obra de construcción, demolición o excavación en Argentina. Lo exige el Decreto 911/96 reglamentario de la Ley 19.587, y sin él la obra no puede habilitarse legalmente. El PSH no es un formulario genérico: debe ser específico para cada obra, firmado por un profesional matriculado en higiene y seguridad, y actualizado ante cambios significativos en la metodología de trabajo. Conocé qué debe incluir, quién lo firma y cuáles son las consecuencias de no tenerlo.

Base legal y quién debe presentarlo

El Decreto 911/96 (Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción) establece en su artículo 20 que toda obra debe contar con un Plan de Seguridad e Higiene antes del inicio de los trabajos. El plan debe ser elaborado y firmado por un profesional matriculado en Higiene y Seguridad (técnico, licenciado o ingeniero en la especialidad) con inscripción vigente en el Consejo Profesional de Higiene y Seguridad en el Trabajo o el colegio equivalente de su provincia. El empleador es responsable de su confección, implementación y actualización. Debe presentarse ante la ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) antes del inicio de la obra y estar disponible en el lugar de trabajo para inspección.

Contenido obligatorio del Plan

El PSH debe contener como mínimo: datos de la obra (dirección, comitente, empresa ejecutora, profesional responsable de higiene), descripción de los trabajos a realizar y secuencia de ejecución, identificación de riesgos por etapa y por tarea específica (caída de altura, derrumbe, atrapamiento, exposición a ruido, polvo, materiales peligrosos), medidas preventivas para cada riesgo identificado, elementos de protección personal (EPP) requeridos por tarea, plan de emergencias con rutas de evacuación, punto de encuentro y contactos de servicios de emergencia, nómina del personal con constancias de capacitación en seguridad, y cronograma de inspecciones internas. Para obras de demolición se exigen secciones específicas sobre estabilidad de estructuras, protección de linderos y gestión de materiales peligrosos.

El Responsable de Higiene y Seguridad en Obra

Además del plan, la empresa debe designar un Responsable de Higiene y Seguridad que esté presente en la obra con la frecuencia requerida según la cantidad de trabajadores y la complejidad de los trabajos. El Decreto 911/96 establece una escala de horas mínimas de presencia según la cantidad de empleados: para obras con más de 150 trabajadores, el responsable debe estar a tiempo completo. Para obras medianas (50 a 150 trabajadores), la presencia mínima es de 4 a 8 horas diarias. Este profesional lleva el Legajo de Higiene y Seguridad, que incluye los registros de capacitaciones, los accidentes ocurridos y las inspecciones realizadas. Ante una inspección de la SRT o de la ART, este legajo es la primera documentación que se solicita.

Actualización del Plan y consecuencias del incumplimiento

El PSH debe actualizarse cada vez que cambien las condiciones de la obra: incorporación de nuevas tareas, cambio en la metodología, aumento o reducción del personal, o inicio de una etapa nueva (por ejemplo, pasar de excavación a demolición). La SRT y las ART realizan inspecciones de obra en forma regular y pueden acceder al predio sin aviso previo. Las consecuencias del incumplimiento incluyen: multas de la SRT que pueden alcanzar valores significativos, alza en la tasa de la ART por accidentalidad, responsabilidad solidaria del empleador ante accidentes en obra sin PSH vigente, y clausura preventiva de la obra hasta regularización. En caso de accidente con consecuencias graves, la inexistencia de un plan actualizado agrava notablemente la responsabilidad penal del empleador.

En resumen

El Plan de Seguridad no es burocracia: es el instrumento que protege a los trabajadores y limita la responsabilidad de la empresa ante accidentes. Un plan bien hecho es una inversión, no un gasto. La información normativa puede actualizarse. Verificá con la SRT y tu ART. CAEDE no brinda asesoramiento legal.

Preguntas Frecuentes

No necesariamente. El Director de Obra es un rol técnico-constructivo; el Responsable de Higiene y Seguridad es un rol específico con formación diferente. Son responsabilidades distintas aunque en obras pequeñas puede existir cierta superposición si el profesional tiene las dos habilitaciones.

Debe ser específico para cada obra. Un plan genérico no cumple con el Decreto 911/96 porque no identifica los riesgos y medidas propias de esa obra en particular. La ART puede observarlo si no está correctamente particularizado.

El PSH es el documento de planificación preventiva. El legajo es el registro histórico de la obra: capacitaciones, accidentes, inspecciones, actualizaciones del plan. Ambos son obligatorios y complementarios.

La ART tiene derecho a observar el plan y solicitar correcciones o ampliaciones. Si no está conforme, puede condicionar la cobertura hasta que se subsanen las observaciones. Es recomendable presentarlo con anticipación al inicio de la obra.

La SRT publica guías y modelos orientativos, pero no hay un formulario único obligatorio. El contenido mínimo está establecido en el Decreto 911/96. Cada ART puede tener sus propios modelos de referencia que facilitan el proceso.

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