Jujuy integra la región NOA (Noroeste Argentino), donde las condiciones geográficas —relieve de puna, quebradas y valles— y la alta sismicidad de la zona determinan un marco técnico exigente para las demoliciones. El permiso se tramita ante la Municipalidad de San Salvador de Jujuy (o el municipio correspondiente), con intervención del Colegio de Ingenieros de Jujuy (CIJ) y del Colegio de Arquitectos de Jujuy (CAJ) para el visado de planos. La normativa base combina el Reglamento de Construcciones Provincial con las ordenanzas municipales y las normas INPRES-CIRSOC 103 por ser zona sísmica activa.
Marco legal en la provincia de Jujuy
La actividad de demolición en Jujuy queda encuadrada en la Ley Provincial N.º 4.397 de Obras y Construcciones, el Reglamento de Construcciones Urbanas de San Salvador de Jujuy (Ordenanza Municipal N.º 3.655/2001 y modificatorias) y las exigencias de la norma INPRES-CIRSOC 103, de cumplimiento obligatorio en toda la provincia por su clasificación como zona de alta peligrosidad sísmica.
La Subsecretaría de Obras Públicas de la Provincia tiene competencia sobre obras en terrenos fiscales o cuando la demolición involucra infraestructura pública. Para obras privadas, el expediente tramita íntegramente ante la Dirección de Obras Particulares Municipal.
Los residuos de construcción y demolición (RCD) se regulan bajo la Ordenanza Municipal N.º 4.918/2011 para San Salvador, que establece zonas de disposición final habilitadas y prohíbe el vuelco clandestino bajo pena de multa y suspensión de la habilitación comercial.
Procedimiento para obtener el permiso en San Salvador de Jujuy
El trámite se inicia en la Dirección de Obras Particulares, ubicada en el Palacio Municipal. Los documentos requeridos son:
- Formulario de demolición con datos del titular registral, empresa ejecutora y profesional responsable.
- Plano de demolición visado por el CIJ o el CAJ, con indicación de estructura existente, metodología de derribo y medidas de protección de linderos.
- Memoria de seguridad estructural en casos de edificios de más de dos plantas o con estructura de hormigón armado.
- Plan de Higiene y Seguridad aprobado por ART (Decreto Nacional N.º 911/96).
- Póliza de responsabilidad civil de la empresa, con cobertura mínima según ordenanza vigente.
- Habilitación comercial de la empresa de demolición en el municipio de Jujuy.
- Certificado de libre deuda de ABL del inmueble.
Para edificios anteriores a 1985 la Municipalidad puede exigir ensayo de materiales para detectar presencia de fibrocemento con asbesto crisotilo.
Consideraciones especiales en el NOA: sismicidad y topografía
Jujuy integra la Zona Sísmica 3 y 4 según INPRES-CIRSOC 103. Esto obliga a que el plan de demolición incluya:
- Estudio de vibraciones inducidas: las técnicas mecánicas de demolición deben justificar que las aceleraciones transmitidas no superan los umbrales de daño en edificaciones vecinas.
- Control de deslizamiento en zonas de quebrada: en barrios como Cuyaya, Gorriti o San Pedrito —sobre laderas— la remoción de estructuras puede afectar la estabilidad del terreno. La Municipalidad puede exigir un Estudio Geotécnico de Estabilidad de Talud.
- Protocolo sísmico de contingencia: ante sismo de magnitud ≥ 4,0, los trabajos se detienen, se inspecciona la estructura remanente y los linderos, y se emite informe antes de retomar.
En la Quebrada de Humahuaca (Patrimonio de la Humanidad UNESCO), cualquier demolición dentro del radio de amortiguamiento requiere intervención de la Comisión Municipal de Preservación del Patrimonio y del Ministerio de Cultura de la Nación.
Habilitaciones y fiscalización
Las empresas de demolición que operan en Jujuy deben contar con habilitación municipal vigente y estar inscriptas en el Registro de Contratistas de la Provincia de Jujuy si ejecutan obras de más de 500 m². El personal técnico debe acreditar el Carnet de Operador de Maquinaria Pesada emitido o reconocido por la Municipalidad.
La Inspección de Obras puede practicar visitas de control sin aviso previo. En caso de detectar incumplimientos —falta de vallado, personal sin EPP, ausencia del Director de Obra— se labra acta de infracción y puede disponerse la paralización preventiva de los trabajos hasta subsanar.