El retiro de escombros en CABA no es solo una cuestión logística: es una obligación legal con reglas específicas sobre el tipo de transporte, los sitios de disposición autorizados y los tiempos máximos de permanencia en vía pública. Incumplir la normativa puede generar multas para el propietario, la empresa o ambos. Esta guía resume las obligaciones vigentes para el año 2026.
Normativa aplicable y autoridad de control
El retiro de escombros en CABA está regulado por la Ley 1854 (Basura Cero), el Código de Habilitaciones y Verificaciones, el Código de Tránsito de CABA y las disposiciones del Ministerio de Espacio Público e Higiene Urbana (ex MGEYA). La autoridad de control es el GCBA a través de los Directores de Higiene Urbana de cada comuna. Los inspectores de espacio público tienen facultades para multar, secuestrar volquetes y exigir el retiro inmediato de materiales en vía pública. El APRA interviene cuando los residuos tienen componentes peligrosos.
Volquetes: habilitación, tamaños y tiempos máximos
Los volquetes son el sistema más utilizado para el retiro de escombros en CABA. Para operar, el volquete y la empresa transportista deben estar habilitados por el GCBA mediante el registro de la Dirección General de Limpieza. Las reglas operativas son: (1) el volquete en vía pública no puede superar las 72 horas continuas de permanencia, (2) debe estar correctamente señalizado con cintas reflectivas y no puede obstruir más del 30% del ancho de la calzada, (3) el material debe quedar cubierto con lona para evitar dispersión de polvo, (4) queda prohibida la colocación de volquetes en esquinas, paradas de colectivo, accesos a garajes, rampas para discapacitados y zonas de carga y descarga. La empresa generadora de los escombros es responsable solidaria con el transportista por el cumplimiento de estas normas.
Sitios de disposición final autorizados
Los escombros inertes (hormigón, ladrillo, cerámica) deben disponerse en sitios autorizados por el GCBA. Los destinos habituales son: el Complejo Ambiental Norte III del CEAMSE (José León Suárez), plantas privadas de reciclaje de RCD habilitadas por el APRA, o sitios de obra autorizados para relleno controlado. El GCBA publica periódicamente la lista actualizada de sitios autorizados. El transportista debe entregar al generador el comprobante de pesada o recepción del sitio de disposición final. Sin ese comprobante, la obra no puede demostrar cumplimiento ante una inspección. Los vertederos ilegales y descampados no son opciones válidas bajo ninguna circunstancia.
Multas y consecuencias del incumplimiento
Las sanciones por infracción a las normas de retiro de escombros en CABA son significativas. El Código Contravencional de CABA (Ley 1472) y el Código de Habilitaciones establecen multas por: volquete sin habilitación (de $50.000 a $500.000 ARS en valores 2025, actualizables), materiales en vía pública sin contenedor habilitado, escombros tirados en espacio público o en terrenos sin autorización. Además, el GCBA puede proceder al secuestro del volquete (con costo de estadía a cargo del infractor) y exigir el retiro y limpieza del sitio contaminado. El propietario del inmueble y la empresa ejecutora pueden ser multados solidariamente.