Normativas

Decreto 911 96

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El Decreto 911/96 es la norma madre de la seguridad e higiene en la industria de la construcción argentina. Vigente desde 1996 con modificaciones y resoluciones complementarias, establece las obligaciones de empleadores, trabajadores y profesionales en todas las etapas de la obra: desde la demolición y la excavación hasta la construcción, el armado de andamios y el trabajo en altura. Conocerlo no es optativo: es la base de cualquier gestión de seguridad seria.

Alcance y estructura del Decreto 911/96

El Decreto 911/96 fue dictado en base a la Ley 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo y su Decreto Reglamentario 351/79. Su alcance es amplio: cubre toda obra de construcción, demolición, excavación, movimiento de suelos, montaje de estructuras, trabajo en altura e instalaciones. Está dividido en capítulos que abordan: organización del servicio de higiene y seguridad, instalaciones eléctricas provisorias, maquinaria, herramientas, excavaciones, demoliciones, andamios, trabajos en altura, protección personal y procedimientos de emergencia. A lo largo de los años, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) fue complementando el Decreto con resoluciones específicas como la Resolución SRT 231/96 (Programa de Seguridad), la Resolución SRT 51/97 y la Resolución SRT 960/15 (espacios confinados).

Obligaciones clave del empleador

El Decreto 911/96 impone al empleador las siguientes obligaciones principales: (1) implementar un Servicio de Higiene y Seguridad a cargo de un profesional habilitado (Licenciado en Higiene y Seguridad, Ingeniero o Técnico según la categoría de la obra), (2) elaborar un Programa de Seguridad específico para cada obra, aprobado por la ART antes del inicio de los trabajos, (3) proveer y mantener en condiciones el Equipo de Protección Personal (EPP) adecuado para cada tarea, (4) garantizar la capacitación de los trabajadores en los riesgos específicos de su tarea, (5) llevar el Libro de Obra o legajo técnico con registro de visitas del profesional de seguridad, incidentes y medidas correctivas, y (6) notificar los accidentes de trabajo dentro de las 24 horas a la ART.

Capítulos críticos para demolición y excavación

Para las empresas de demolición y movimiento de suelos, los capítulos más relevantes del Decreto 911/96 son: Capítulo 14 (Demoliciones): obliga a un relevamiento previo de la estructura, desconexión de servicios, secuencia de derribo de arriba hacia abajo, zona de exclusión durante operación de maquinaria y gestión de materiales peligrosos (amianto, plomo). Capítulo 18 (Excavaciones): entibamiento obligatorio desde 1,20 metros con personal adentro, medición de atmósferas en excavaciones profundas, protecciones perimetrales, escaleras de evacuación. Capítulo 8 (Maquinaria): operadores de maquinaria pesada deben tener habilitación específica, mantenimiento preventivo documentado y prohibición de operar en áreas con personal no autorizado. Capítulo 19 (Andamios y trabajo en altura): aplica cuando la demolición se realiza por pisos o se trabaja sobre estructuras elevadas.

Control, sanciones y rol de la SRT

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) y el Ministerio de Trabajo son los organismos de control del Decreto 911/96. Las ART también tienen rol fiscalizador: deben realizar visitas periódicas a las obras y pueden exigir correcciones antes de cubrir el siniestro. Las infracciones se sancionan según la Ley 25.212 con multas que se calculan en salarios mínimos por infracción y por trabajador expuesto. Las infracciones graves (exposición a riesgo de muerte, trabajo en altura sin protección, excavación sin entibamiento) pueden derivar en clausura inmediata de obra y en acciones penales bajo el Código Penal (art. 84 y 94) cuando hay lesiones o muerte. El empleador no puede delegar su responsabilidad al profesional de seguridad: ambos son responsables solidarios.

En resumen

El Decreto 911/96 no es burocracia: es el resultado de décadas de accidentes y aprendizajes en la industria. Aplicarlo bien protege a las personas, a la empresa y al negocio. La información normativa puede actualizarse sin previo aviso. Verificá siempre con la autoridad municipal o provincial correspondiente. CAEDE no brinda asesoramiento legal.

Preguntas Frecuentes

Sí. El Decreto aplica a toda obra de construcción o demolición, independientemente del tamaño. La intensidad de las medidas varía según el nivel de riesgo, pero la obligación de contar con un Programa de Seguridad y EPP existe siempre.

Según el Decreto 911/96 y la Resolución SRT 231/96, dependiendo del tamaño de la obra, puede ser un Licenciado en Higiene y Seguridad, un Ingeniero con especialización o un Técnico Superior en Higiene y Seguridad. La categoría mínima requerida depende de la cantidad de trabajadores y el nivel de riesgo.

No. Debe ser específico para cada obra, reflejando sus riesgos particulares. Un programa genérico no cumple con el Decreto. La ART puede observar y rechazar programas que no sean adecuados para la tarea concreta.

Es el conjunto de documentos que registra la gestión de seguridad durante la obra: Programa de Seguridad, registro de capacitaciones, registro de entrega de EPP, partes de incidentes y visitas del profesional de seguridad. Debe mantenerse en obra y estar disponible para inspecciones.

Sí. Si la ART demuestra incumplimiento grave del Decreto (por ejemplo, trabajador sin EPP, excavación sin entibamiento), puede repetir contra la empresa los costos del siniestro. El trabajador igualmente es indemnizado, pero la empresa responde patrimonialmente.

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