Una de las preguntas más frecuentes de quienes contratan trabajadores de la construcción es: ¿cómo funciona la antigüedad en la UOCRA? La respuesta es diferente a casi todos los otros convenios colectivos. En construcción no existe la indemnización por antigüedad al estilo LCT. En cambio, existe el Fondo de Desempleo (FDE), un sistema propio que reemplaza ese mecanismo.
Por qué la construcción no tiene indemnización por antigüedad clásica
La Ley 22.250 — que regula el trabajo en la construcción — establece un régimen laboral especial, diferente al de la LCT general. Una de sus diferencias clave es que no aplica la indemnización por despido del artículo 245 de la LCT (el famoso 'un mes por año').
El fundamento es la naturaleza de la actividad: el trabajo en construcción es intrínsecamente temporal. Las obras empiezan y terminan. Un albañil puede trabajar para diez empresas en un mismo año. Aplicar la lógica de la antigüedad clásica en ese contexto sería inviable. Por eso la ley creó un sistema alternativo que protege al trabajador sin castigar al empleador por el fin natural de una obra.
El Fondo de Desempleo: cómo funciona
El Fondo de Desempleo (FDE) es un sistema de ahorro forzoso que el empleador constituye en nombre de cada trabajador en el IERIC (Instituto de Estadísticas y Registro de la Industria de la Construcción).
El empleador deposita mensualmente un porcentaje del salario básico del trabajador en una cuenta individual a nombre de este. Ese dinero es del trabajador, no del empleador — la empresa lo acumula pero no puede retenerlo.
Los porcentajes que aporta el empleador son:
- Primer año de antigüedad: 12% del salario básico mensual
- A partir del segundo año: 8% del salario básico mensual
Consultá los valores actualizados de aplicación en caede.com.ar/herramientas/. El mayor aporte en el primer año refleja la mayor movilidad del trabajador en ese período inicial.
¿Cuándo puede el trabajador retirar el FDE?
El trabajador puede retirar los fondos acumulados en cualquier momento en que se produzca la desvinculación de la empresa, independientemente de la causa. Esto es lo que lo diferencia del seguro de desempleo general:
- Renuncia voluntaria: el trabajador puede retirar el FDE. Sí, incluso si renuncia.
- Despido: retira el fondo completo
- Fin de obra: retira el fondo
- Acuerdo mutuo: retira el fondo
Este mecanismo hace que en la construcción, a diferencia de otros sectores, renunciar no sea tan costoso para el trabajador en términos económicos. El FDE actúa como su colchón de transición entre obras.
El trámite de retiro se hace directamente en el IERIC con el DNI y la constancia de la desvinculación. No requiere intervención del empleador para el retiro.
Obligaciones del empleador: el registro en el IERIC
Cada vez que contratás un trabajador de construcción, tenés que inscribirlo en el IERIC y comenzar a depositar el FDE desde el primer mes. No hacerlo genera:
- Multas administrativas del IERIC y del Ministerio de Trabajo
- Responsabilidad directa por el monto no depositado, con intereses
- Riesgo de que el trabajador reclame diferencias más daños y perjuicios
El IERIC también es el organismo que emite la Libreta de Aportes del Trabajador de la Construcción — el documento que registra la historia laboral del trabajador en la actividad. Verificar esa libreta al contratar es una práctica recomendable: te da información sobre el historial del trabajador y confirma que está habilitado para la actividad.