La liquidación final en construcción es el momento en que la relación laboral con un trabajador del sector llega a su fin y se calculan todos los conceptos que deben pagarse. Es uno de los trámites más frecuentes —y más mal hechos— en las empresas de excavación y demolición. Un error en la liquidación final puede derivar en juicios laborales que cuestan mucho más que lo que se intentó ahorrar.
Qué es la liquidación final y cuándo se hace
La liquidación final es el resumen económico del cierre de una relación laboral. Se realiza cuando:
- El trabajador finaliza una obra y no hay continuación inmediata (el régimen de la construcción es por obra).
- El trabajador renuncia.
- La empresa decide no continuar con el trabajador al final de una etapa.
- El trabajador es desvinculado por causa justificada.
A diferencia del régimen de la Ley de Contrato de Trabajo, la industria de la construcción tiene su propia regulación: la Ley 22.250 y el CCT 76/75. El trabajador de la construcción no acumula indemnización por antigüedad de la misma forma que en el régimen general: su protección al final de la relación laboral es el Fondo de Desempleo de la Construcción.
Esta diferencia estructural hace que la liquidación final del sector tenga conceptos específicos que el empleador debe dominar.
Conceptos que incluye la liquidación final
Una liquidación final correcta en la industria de la construcción debe incluir:
1. Salarios devengados no cobrados: los días trabajados del último mes que no fueron incluidos en el pago mensual regular. Se calculan por el salario diario de la categoría del trabajador.
2. Sueldo anual complementario (SAC) proporcional: la mitad del mayor sueldo mensual percibido en el semestre, en proporción a los meses trabajados en el período en curso.
3. Vacaciones proporcionales: los días de vacaciones generados en el año en curso que no fueron tomados. Para trabajadores con menos de 1 año de antigüedad en la empresa, se calculan proporcionalmente.
4. Fondo de Desempleo de la Construcción: el empleador no paga una indemnización tradicional al finalizar la relación laboral; el trabajador retira el fondo acumulado en su cuenta del IERIC. Sin embargo, el empleador debe estar al día con los depósitos mensuales del 12% del salario.
5. Adicionales pendientes: presentismo del último período, horas extras no liquidadas, adicionales por zona o categoría que hubieran quedado pendientes.
6. Ropa de trabajo: en caso de que el convenio contemple devolución o compensación por ropa de trabajo al final de la relación.
No incluye: indemnización por despido del régimen general (Ley 20.744), salvo excepciones muy específicas.
Plazos de pago y documentación
El pago de la liquidación final debe realizarse en un plazo máximo de 4 días hábiles desde la fecha de finalización de la relación laboral. Este plazo es el que establece el régimen de la Ley 22.250 para el sector.
Incumplir el plazo genera intereses y puede ser causal de acción judicial por parte del trabajador. En el sector de la construcción, los juicios por liquidaciones finales incorrectas o tardías son frecuentes.
Documentación que debe firmarse al momento de la liquidación:
- Recibo de haberes final: detallando todos los conceptos liquidados, los importes y las retenciones.
- Certificado de trabajo: el empleador debe entregar al trabajador el certificado de servicios y remuneraciones (Art. 80 LCT) dentro de los 30 días siguientes a la extinción del contrato.
- Constancia de IERIC: el trabajador puede verificar en el IERIC los depósitos realizados a su nombre durante la relación laboral.
Guardá copia de toda la documentación durante al menos 10 años. Es el único respaldo ante una eventual demanda judicial.
Errores frecuentes en liquidaciones finales de construcción
Los errores más comunes que cometen las empresas —y que luego pagan en juicios— son:
- No liquidar el SAC proporcional: creer que si el trabajador estuvo menos de 6 meses no corresponde el SAC. Es incorrecto: el SAC proporcional corresponde desde el primer día.
- No liquidar vacaciones proporcionales: igual razonamiento erróneo. Las vacaciones proporcionales aplican desde el comienzo de la relación laboral.
- Calcular la base salarial con el básico de bolsillo: el SAC y las vacaciones deben calcularse sobre el mejor salario mensual del semestre, incluyendo todos los adicionales remunerativos (presentismo, horas extras, adicional por categoría).
- No depositar el fondo de desempleo en los últimos meses: cuando el empleador adeuda depósitos del fondo, el trabajador puede reclamar esa diferencia con intereses.
- Pagar fuera de plazo: los 4 días hábiles son un límite estricto. Un pago el quinto día ya genera intereses y puede ser causal de demanda.
Para liquidar correctamente, usá la escala salarial actualizada disponible en caede.com.ar/herramientas/ y, ante dudas, consultá con el área laboral de CAEDE.