Si empezás una empresa de construcción, demolición o movimiento de suelos en Argentina, el registro como empleador del sector tiene pasos específicos que no son iguales al alta laboral general. Además de la AFIP, necesitás registrarte ante el IERIC y cumplir con las obligaciones que impone la Ley 22.250 y el CCT 76/75. Esta guía te lleva por todo el proceso desde cero.
Paso 1: Habilitación como empleador en AFIP
Antes de contratar a nadie, tenés que estar habilitado como empleador en AFIP. Si ya tenés CUIT de persona física o jurídica pero nunca tuviste empleados, tenés que completar este paso:
1. Ingresá a AFIP con clave fiscal
2. Accedé a 'Mis Aplicaciones Web' → 'Sistema de Registro de Empleadores'
3. Declarate como empleador: indicá la actividad (código de construcción/demolición/movimiento de suelos)
4. Activá el servicio 'Simplificación Registral' para poder dar de alta empleados
Necesitás CUIT activo y clave fiscal nivel 3 como mínimo. Si tu empresa es una SRL o SA, el representante legal que opera el sistema necesita autorización.
Después de este paso, ya podés dar de alta trabajadores en el sistema de Simplificación Registral (antes conocido como Mi Simplificación). Cada alta de empleado genera el alta simultánea en AFIP, obra social y ART.
Paso 2: Inscripción como empleador en el IERIC
La inscripción en el IERIC es el paso específico de la industria de la construcción. Sin esto, no podés registrar a tus trabajadores en el sistema del sector ni cumplir con el IERIC.
Dónde hacerlo: ieric.org.ar (online) o en la delegación del IERIC más cercana a tu domicilio.
Documentación requerida:
- CUIT de la empresa
- Constancia de inscripción en AFIP (constancia de actividades económicas)
- Estatuto o contrato social (si es persona jurídica)
- DNI del representante legal o titular
- En algunos casos: habilitación municipal o provincial para actividades de construcción
Proceso:
1. Ingresá al portal del IERIC y creá un usuario empleador
2. Cargá la documentación requerida
3. El IERIC valida y aprueba la inscripción (puede tomar varios días hábiles)
4. Una vez inscripto, podés empezar a registrar trabajadores
La inscripción en el IERIC genera un número de empleador IERIC que debe figurar en los recibos de sueldo.
Paso 3: Contratación de ART y cobertura de riesgos del trabajo
La industria de la construcción es una de las actividades con mayor siniestralidad en Argentina. La cobertura de ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) no es opcional y tiene requerimientos específicos para el sector:
1. Elegí una ART: Compará coberturas y alícuotas. Las alícuotas de construcción son más altas que otros sectores por el riesgo de accidentes. Podés solicitarles cotización a varias ART antes de decidir.
2. Firmá el contrato: El contrato de ART debe estar vigente antes de que el primer trabajador pise la obra.
3. Declarar a los trabajadores: Cada alta de empleado (via Simplificación Registral) actualiza automáticamente la nómina en tu ART.
4. Plan de mejora: La SRT (Superintendencia de Riesgos del Trabajo) puede requerir que las empresas de construcción tengan un plan de prevención y mejora en seguridad e higiene. Verificá con tu ART qué documentación necesitan para cada obra.
Recordá: si hay un accidente en obra con un trabajador no declarado a la ART, la empresa es directamente responsable de todos los costos de la siniestralidad — sin tope.
Paso 4: Obligaciones continuas como empleador del sector
Una vez registrado, estas son las obligaciones que se repiten cada mes:
Liquidación y pago de salarios: Dentro de los 4 primeros días hábiles del mes siguiente, según CCT 76/75.
Pago de aportes y contribuciones: Vencimiento en el mes siguiente al devengado. Se pagan via AFIP (SICORE y SIJP según corresponda).
Depósito del Fondo de Desempleo: Mensualmente, en la cuenta individual de cada trabajador en el Banco Nación.
Aporte al IERIC: El importe por trabajador se paga mensualmente. Consultá la escala vigente en caede.com.ar/herramientas/
Actualización de escalas paritarias: Cuando UOCRA cierra una paritaria, los nuevos valores entran en vigencia desde la fecha pactada. Es tu responsabilidad actualizar la liquidación sin esperar que el trabajador te lo reclame.
Obra social OSPECON: Los aportes patronales a la obra social de la construcción también son mensuales y van incluidos en la boleta de AFIP.